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Artículo 33 del Decreto Con Fuerza de Ley 31

Decreto con fuerza de ley n.o 31

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1042122 / 9284960.

Texto oficial

Art. 33. Los ciudadanos que hubieren sido dados de baja con valer militar, después de servir un año o más en establecimientos de enseñanza militar, quedarán exentos del servicio de Conscripción y pasará a la reserva instruída de su clase. Los dados de baja sin valer militar, harán su servicio con los de su clase.