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Artículo 100 del Decreto Con Fuerza de Ley 31

Decreto con fuerza de ley n.o 31

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1042122 / 9285037.

Texto oficial

Art. 100. En tiempo de guerra se podrá contratar a extranjeros y voluntarios de las clases no movilizadas hasta los cincuenta años de edad, para determinado servicio.