Texto oficial
Artículo transitorio.- Sin perjuicio de lo establecido
en el Art. 4, letra A, N° 1, durante un año contado desde
la fecha de vigencia de este Decreto, en el caso que el
postulante presente una agudeza visual inferior a la de la
norma establecida para este examen, pero superior a 0.5 en
el ojo peor dotado con la mejor corrección, podrá
otorgarse licencia por 6 meses, conforme a lo establecido
por el Art. 21 de la Ley de Tránsito.