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Artículo TRANSITORIO del Decreto 170

Reglamento para el otorgamiento de licencias de conductor

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 10426 / 7140198.

Texto oficial

Artículo transitorio.- Sin perjuicio de lo establecido en el Art. 4, letra A, N° 1, durante un año contado desde la fecha de vigencia de este Decreto, en el caso que el postulante presente una agudeza visual inferior a la de la norma establecida para este examen, pero superior a 0.5 en el ojo peor dotado con la mejor corrección, podrá otorgarse licencia por 6 meses, conforme a lo establecido por el Art. 21 de la Ley de Tránsito.