Texto oficial
Artículo 17° La tasa de aterrizaje comprende un
aterrizaje, un despegue y la permanencia de la aeronave en
el aeródromo por un lapso de dos horas.
Aprueba el reglamento sobre tasas y derechos aeronauticos; deroga el decreto 124, de 5 de marzo de 1971, de aviacion
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