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Artículo 22 del Decreto 172

Aprueba el reglamento sobre tasas y derechos aeronauticos; deroga el decreto 124, de 5 de marzo de 1971, de aviacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 10452 · idParte: 8993237

Texto oficial

Artículo 22° El Director General de Aeronáutica Civil podrá eximir, total o parcialmente, del pago de tasas de estacionamiento a las aeronaves comerciales en su aeródromo base, siempre que las condiciones de dicho aeródromo no permitan otorgar una concesión de terreno para la construcción de un hangar.