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Artículo 2 transitorio del Decreto 172

Aprueba el reglamento sobre tasas y derechos aeronauticos; deroga el decreto 124, de 5 de marzo de 1971, de aviacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 10452 · idParte: 8993290

Texto oficial

Artículo 2° La cantidad de E° 250.000.000 con que LAN-CHILE cancelará el total de tasas aeronáuticas y derechos aeronáuticos por concesiones se pagará en 12 cuotas mensuales iguales, el último día del mes, en la Dirección General de Aeronáutica Civil. En caso de atraso en el pago se aplicará el interés penal que se establece en el artículo 6° del presente decreto.