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Artículo 96 del Decreto 172

Sustituye texto del reglamento consular

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 10453 / 8675697.

Texto oficial

Artículo 96° Responsabilidad 1. Los Cónsules que cometieren errores en las actuaciones notariales en que intervengan, estarán obligados a extender nuevamente, por su cuenta, dichas actuaciones o copias, o a devolver de su peculio los derechos percibidos, según lo desee el interesado, sin perjuicio de las sanciones administrativas que le imponga el Ministerio.