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Artículo 24 de la Ley 20.640

Establece el sistema de elecciones primarias para la nominación de candidatos a presidente de la república, parlamentarios y alcaldes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1046533 / 9317339.

Texto oficial

Artículo 24.- En el caso de las elecciones primarias para la nominación de candidatos a los cargos de Presidente de la República, de Parlamentario y de Alcalde, el elector deberá sufragar marcando la preferencia por uno solo de los candidatos que aparecen en la cédula electoral.