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Artículo 2 de la Ley 20.646

Otorga asignación asociada al mejoramiento de trato a los usuarios, para los funcionarios pertenecientes a las plantas de técnicos, administrativos y auxiliares de los establecimientos de los servicios de salud

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1046750 / 9319669.

Texto oficial

Artículo 2°.- Corresponderá la asignación establecida en el artículo 1° al personal que se encuentre en servicio en cada uno de los establecimientos a la fecha de pago de aquélla y que haya prestado servicios para una o más de las entidades señaladas en el artículo anterior, sin solución de continuidad, durante los once meses anteriores a dicha fecha.