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Artículo 5 del Decreto 173

Reglamenta autorizacion de laboratorios que certifiquen la calidad de elementos de protección personal contra riesgos ocupacionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 10470 · idParte: 7140284

Texto oficial

Artículo 5°.- La nómina de instituciones, laboratorios y establecimientos autorizados será pública y el Instituto deberá darla a conocer a quien la solicite.