Texto oficial
Artículo 22.- Aceptación del cargo de liquidador. El
liquidador designado por la compañía de seguros podrá
aceptar o rechazar el nombramiento dentro del plazo de 3
días contados desde la comunicación. Si lo rechazare, la
aseguradora deberá proceder a una nueva designación dentro
de los 2 días siguientes y comunicar simultáneamente ello
al asegurado. Se entenderá que el liquidador ha aceptado el
encargo si no lo rechazó oportunamente.