Texto oficial
Artículo 2°.- El numeral 1) del artículo 1° de esta ley entrará en vigencia el día 1 de enero de 2013.
Prorroga la vigencia de la ley n° 20.372, que establece un nuevo asiento para el juzgado de letras de chaitén
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1047552 / 9323462.