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Artículo 22 del Decreto 114

Aprueba nuevo reglamento para la aplicación de la ley nº 19.657, sobre concesiones de energía geotérmica y deroga decreto nº 32, de 2004, del ministerio de minería

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1049289 / 9336852.

Texto oficial

Artículo 22. Los costos directos o indirectos asociados a la preparación y presentación de las propuestas serán de cargo de los proponentes. Los proponentes que no resulten adjudicados no tendrán derecho a indemnización alguna, con independencia del motivo del rechazo de su propuesta.