Saltar al contenido

Artículo 28 del Decreto 114

Aprueba nuevo reglamento para la aplicación de la ley nº 19.657, sobre concesiones de energía geotérmica y deroga decreto nº 32, de 2004, del ministerio de minería

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1049289 / 9336860.

Texto oficial

Artículo 28. El decreto supremo que otorgue la concesión de exploración o explotación podrá abarcar todo o parte del terreno solicitado, respetando los máximos y mínimos exigidos por la Ley, pero en ningún caso terrenos situados fuera de éste.