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Artículo 42 del Decreto 114

Aprueba nuevo reglamento para la aplicación de la ley nº 19.657, sobre concesiones de energía geotérmica y deroga decreto nº 32, de 2004, del ministerio de minería

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1049289 / 9336879.

Texto oficial

Artículo 42. La falta de entrega oportuna de estos informes será sancionada con la aplicación de una multa, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley y los artículos 55 y siguientes del presente reglamento.