Texto oficial
Artículo Q.- Reajústanse, a contar del 1° de Octubre de 1972, en el mismo porcentaje indicado en el artículo O, el salario y el sueldo mínimo mensual fijados en el artículo 76 de la ley N° 17.654.
Concede aguinaldo extraordinario a todos los trabajadores del sector publico y privado. - reajusta transitoriamente por el mes de octubre las remuneraciones y pensiones de todos los trabajadores del pais.- otras normas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1050348 / 9348909.