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Artículo R transitorio de la Ley 17.713

Concede aguinaldo extraordinario a todos los trabajadores del sector publico y privado. - reajusta transitoriamente por el mes de octubre las remuneraciones y pensiones de todos los trabajadores del pais.- otras normas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1050348 / 9348910.

Texto oficial

Artículo R.- Reajústase, a contar del 1° de Octubre de 1972, en el mismo porcentaje indicado en el artículo O, el sueldo vital vigente en dicho año.