Texto oficial
Artículo 28.- Vigencia. El presente Reglamento
entrará en vigencia una vez publicado en el Diario Oficial.
Aprueba reglamento del registro de emisiones y transferencias de contaminantes, retc
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1050536 / 9349451.