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Artículo 5 del Decreto Ley 43

Decreto Ley 43

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1051338 / 9355919.

Texto oficial

Art. 5.o El Ministerio de Obras y Vias Públicas tendrá la siguiente planta de empleados, con los sueldos que se indican: Ministro, $ 24,000. Secretario del Ministro, $ 6,000. Sub-secretario, $ 20,000 Oficial de la Sub-Secretaría, $ 3,600. Oficial de Partes y Archivero, $ 6,000. Ayudante, $ 4,200. Contador visitador, $ 12,000. Contador ayudante, $ 6,000. Portero l.o, $ 2,280. Portero 2.o, $ 2,400. Seccion de Ferrocarriles del Estado y Puertos: Jefe de la Seccion, injeniero, $ 12,000. Estadístico, $ 7,200. Oficial l.o, $ 3,600. Oficial 2.0, $ 3,000. Oficial 2.o, $ 3,000. Seccion de Ferrocarriles Particular y Servicios Eléctricos: Jefe de la Seccion, injeniero, $ 12,000. Un injeniero electricista, $ 11,400. Un injeniero visitador, $ 10,200. Un injeniero 2.o, $ 6,000. n dibujante y archivero, $ 4,800. 5 Un oficial l.o, $ 3,600. Un oficial 2.o, $ 3,000. Seccion de Obras Públicas: Jefe de Seccion, $ 12,000. Un oficial l.o, $ 3,800. Doc oficiales 2.o, con $ 3,000 cada uno, 6,000. Seccion de Caminos y Puentes: (Sueldos que se pagarán con cargo a las rentas de caminos): Jefe de la Seccion, $ 12,000. Un oficial l.o, $ 3,600. Un oficial 2.o, $ 3,000. Estos puestos no se proveerán mientras la Seccion, esté atendida por el personal consultado en el Presupuesto del ramo.