Saltar al contenido

Artículo SEGUNDO transitorio de la Ley 20.675

Modifica la ley sobre donaciones con fines culturales, contenida en el artículo 8º de la ley nº 18.985

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1051339 / 9357177.

Texto oficial

Artículo segundo.- El Reglamento mencionado en el N° 5), del artículo 1°, de la Ley sobre Donaciones Culturales, contenida en el artículo 8° de la ley N° 18.985, sustituido por el artículo único de esta ley, deberá dictarse, a más tardar, dentro del plazo de noventa días corridos contado desde la entrada en vigencia de la ley.