Saltar al contenido

Artículo 16 del Decreto Ley 407

Decreto-lei n.o 407, sobre nombramiento, instalacion, subrogacion, atribuciones y obligaciones de los notarios.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1051659 / 9358171.

Texto oficial

Art. 16. Escritura pública es el instrumento público o auténtico otorgado con las solemnidades que fija la lei, por el competente notario, e incorporado en su protocolo o rejistro público.