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Artículo 10 del Decreto Ley 355

Decreto Ley 355

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1053231 / 9368985.

Texto oficial

Art. 10. Tiene derecho a voto en la eleccion primaria el inspector jeneral, los jefes de departamentos y de seccion con carácter técnico, los jefes de brigadas, los médicos jefes de hospitales de Medicina Social y los médicos jefes de capitanías.