Texto oficial
Art. 4.o Las obras de pavimentación, construcción de
cauces para aguas meteóricas, regularización y
canalización de cursos de aguas, desviación de ríos y
demás a que se refiere la presente ley, se ejecutarán de
acuerdo con los planos, especificaciones y reglamentos que
apruebe la Junta de Alcaldes de Magallanes.