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Artículo 17 de la Ley 4.421

Ley 4.421

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1053562 / 9369429.

Texto oficial

Art. 17. Los cambios en la división administrativa del país, no afectarán a las disposiciones de la presente ley.