Saltar al contenido

Artículo 30 del Decreto 40

Aprueba reglamento del sistema de evaluación de impacto ambiental

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1053563 / 9369845.

Texto oficial

Artículo 30.- Incompetencia. En el evento que un Estudio o Declaración de Impacto Ambiental se presente ante un órgano que sea incompetente para conocer la materia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley, los antecedentes se enviarán de inmediato al que deba conocer el asunto conforme a la Ley, informando de ello al interesado. El plazo para admisión a trámite señalado en el artículo siguiente, se computará desde la recepción de los antecedentes por el órgano competente para conocer de la materia.