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Artículo 5 de la Ley 20.686 · Crea el ministerio del deporte

Crea el ministerio del deporte

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1053691 / 9371905.

Texto oficial

Artículo 5°.- El personal del Ministerio del Deporte estará afecto a las disposiciones del decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, sobre Estatuto Administrativo, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834 y, en materia de remuneraciones, a las normas del decreto ley Nº 249, de 1974, y su legislación complementaria.