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Artículo 2 del Decreto 179

Fija el texto actualizado del decreto n° 795, de 1975, que aprobo el reglamento de la comision nacional de riego

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 10542 / 8630933.

Texto oficial

Artículo 2°.- El domicilio de la Comisión será la ciudad de Santiago de Chile, sin perjuicio de las oficinas que acuerde establecer en otras ciudades del país. La Secretaría Ejecutiva de la Comisión funcionará en el lugar que determine el Consejo.