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Artículo 23 del Decreto 47

Aprueba reglamento para la calificación y certificación de la discapacidad

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1055217 / 9378582.

Texto oficial

Artículo 23.- Verificado el cumplimiento de los requisitos exigidos por el presente reglamento, el Ministerio de Salud emitirá la correspondiente resolución de reconocimiento, con indicación de las actividades que ella comprende. El rechazo de la solicitud se efectuará mediante resolución fundada.