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Artículo 27 del Decreto 47

Aprueba reglamento para la calificación y certificación de la discapacidad

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1055217 / 9378587.

Texto oficial

Artículo 27.- Los protocolos e instrucciones a que se refiere este reglamento deberán ser aprobados, previa consulta al Servicio Nacional de la Discapacidad, la que tendrá carácter no vinculante.