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Artículo 25 del Decreto 35

Aprueba reglamento de la ley nº 19.451, que establece normas sobre trasplante y donación de órganos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1055362 / 9379904.

Texto oficial

Artículo 25º.- Corresponderá al Instituto de Salud Pública llevar el Registro Nacional de Potenciales Receptores de Órganos, el que se formará con la información que deberán proporcionar los establecimientos autorizados para efectuar trasplante de órganos a que se refiere el inciso tercero del artículo 3º de este reglamento, la que deberá ser actualizada permanentemente. Para estos efectos, cada uno de estos establecimientos mantendrá una lista de espera de los pacientes que tienen la calidad de potenciales receptores de órganos, sin que éstos puedan figurar en más de una lista.