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Artículo 4 de la Ley 6.683 · Crea el departamento de talagante

Crea el departamento de talagante

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1055392 / 9380390.

Texto oficial

Artículo 4° El actual Juez de Menor Cuantía de Talagante pasará a ser Juez de Letras de Mayor Cuantía del mismo departamento. Los empleados del actual Juzgado de Menor Cuantía seguirán siéndolo del de Letras de Mayor Cuantía.