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Artículo 8 del Decreto 180

Fija norma para la presentacion de presupuestos, balance de ejecucion presupuestaria e informes de gestion de las instituciones de educacion superior, que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 10554 · idParte: 7140428

Texto oficial

Artículo 8°: Los informes de gestión serán elaborados integrando la evaluación financiera con las realizaciones alcanzadas en el período que corresponda. Asimismo se evaluará y medirá la capacidad real de las unidades para cumplir sus funciones y la proyección de las demandas futuras en los planos financieros, físicos y de actividades.