Texto oficial
Artículo 12.- En caso que el revisor de cálculo
requiera de asesoría en materia de geotecnia o mecánica de
suelos, deberá recurrir a los ingenieros con esta
especialidad inscritos en el Registro. La especialidad
tendrá una sola categoría, pudiendo revisar cualquier
proyecto o estudio relacionado con ésta.
Podrán inscribirse en esta especialidad las personas
naturales o jurídicas que cumplan con las exigencias
profesionales y demás requisitos exigidos en el reglamento.