Texto oficial
Artículo cuarto.- Intercálase en la ley Nº 19.537,
sobre Copropiedad Inmobiliaria, el siguiente artículo 14
ter:
"Artículo 14 ter.- La tramitación de solicitudes ante
la Dirección de Obras Municipales se efectuará conforme a
lo establecido en la Ordenanza General de Urbanismo y
Construcciones.".