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Artículo 34 de Auto Acordado 198

Auto acordado sobre gestión y administración de la ilustrísima corte de apelaciones de copiapó

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1056508 / 9387121.

Texto oficial

Artículo 34. Dotación necesaria de las Unidades Funcionales. Dotación de Personal de la Unidad de Causas. Con el objeto de asegurar el normal desempeño de la Unidad, la dotación mínima de personal que se asigna al servicio de la misma es la siguiente: Un Encargado de la Unidad Un Administrativo de Causas Un Ayudante de Causas Dotación de Personal de la Unidad de Sala. Con el objeto de asegurar el normal desempeño de la Unidad, la dotación mínima de personal que se asigna al servicio de la misma es la siguiente: Un Encargado de la Unidad Un Ayudante de Sala Dotación de Personal de la Unidad de Atención de Público. Con el objeto de asegurar el normal desempeño de la Unidad, la dotación mínima de personal que se asigna al servicio de la misma es la siguiente: Un Encargado de la Unidad Un Ayudante de Atención de Público Un Auxiliar de Apoyo de Correspondencia. Dotación de Personal Unidad Servicio y Distribución de Demandas. Con el objeto de asegurar el normal desempeño de la Unidad, la dotación mínima de personal que se asigna al servicio de la misma es la siguiente: Un Encargado de la Unidad Un Administrativo Contable Un Administrativo Informático. Dotación de Personal de la Unidad de Presidencia y Pleno. Con el objeto de asegurar el normal desempeño de la Unidad, la dotación mínima de personal que se asigna al servicio de la misma es la siguiente: Un Encargado de la Unidad Un Administrativo de Pleno Un Oficial Asistente de la Presidencia.