Texto oficial
Artículo 17. El licitador recibirá en el acto del remate un boleto que exprese su nombre, el precio, número y contenido del lote. La entrega de la especie se verificará en vista y de conformidad con este boleto.
Refunde y modifica las disposiciones sobre martilleros publicos
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1056862 / 9390117.