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Artículo 35 del Decreto Con Fuerza de Ley 263

Refunde y modifica las disposiciones sobre martilleros publicos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1056862 / 9390138.

Texto oficial

Artículo 35. A los remates que realice la Caja de Crédito Popular en conformidad a este Título, serán aplicables las disposiciones contenidas en los artículos 12 al 19 inclusives y 21 y 22 del presente decreto con fuerza de ley.