Texto oficial
Art. 9.o El reglamento indicará la forma como se percibirán los gravámenes, pago de primas, arrendamientos, vedas, caza marina, depósitos de mariscos y crustáceos, trasporte ferroviario, radicacion de pescadores, dimensiones de los peces y mariscos comestibles, forma de los aparejos empleados, gallardetes y señales de las embarcaciones pesqueras, y demás medidas que fomenten y defiendan esta industria, y la vida de los peces.