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Artículo 22 del Decreto 129

Establece reglamento para la entrega de información de pesca y acuicultura y la acreditación de origen deja sin efecto decreto nº 464, de 1995

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1057443 / 9393613.

Texto oficial

Artículo 22º.- Déjase sin efecto el decreto supremo 464 de 1995 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.