Texto oficial
Artículo 114.- Nulidad e Incumplimiento del Acuerdo
Extrajudicial. Demandada la nulidad o el incumplimiento del
Acuerdo Extrajudicial, se aplicará lo dispuesto en el
Párrafo 6 del Título 2 de este Capítulo.
Sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas, y perfecciona el rol de la superintendencia del ramo
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