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Artículo 15 del Decreto 71

Aprueba reglamento para la ejecución de lo dispuesto en el artículo 8º de la ley nº 18.985 sobre donaciones con fines culturales, modificado por la ley nº 20.675

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1059941 / 9409926.

Texto oficial

Artículo 15.- Información. El Portal Electrónico deberá mantener actualizada y a disposición del público al menos la siguiente información: a) Un listado de los proyectos vigentes aprobados por el Comité, con una breve reseña explicativa de los mismos; b) Un instructivo del sistema de donaciones con fines culturales, elaborado por el Consejo en conjunto con el Servicio y el Ministerio de Hacienda; c) Un listado de los antecedentes que los interesados en presentar proyectos para ser objeto de donaciones culturales deberán proporcionar al Comité para acreditar su calidad de beneficiarios; d) Información relativa al funcionamiento del Comité, como fechas de reuniones, conformación, actas, informes y reportes, y, e) Las resoluciones del Consejo en que consten los acuerdos del Comité.