Texto oficial
Artículo 19.- Informe. Una vez ingresado el proyecto, la Secretaría Ejecutiva realizará un análisis del mismo, el cual se recogerá en un informe que entregará al Comité con antelación a la sesión en que se califique el proyecto.
Aprueba reglamento para la ejecución de lo dispuesto en el artículo 8º de la ley nº 18.985 sobre donaciones con fines culturales, modificado por la ley nº 20.675
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1059941 / 9409930.