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Artículo 20 del Decreto 71

Aprueba reglamento para la ejecución de lo dispuesto en el artículo 8º de la ley nº 18.985 sobre donaciones con fines culturales, modificado por la ley nº 20.675

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1059941 / 9409931.

Texto oficial

Artículo 20.- Calificación del Comité. Dentro de los sesenta días hábiles contados desde la presentación del proyecto conforme a lo señalado en el artículo 18 del presente reglamento, el Comité calificará el proyecto considerando los antecedentes presentados y las normas y criterios señalados en el Título II del presente reglamento. La calificación constará en una resolución del Consejo.