Texto oficial
Artículo 20.- Calificación del Comité. Dentro de los sesenta días hábiles contados desde la presentación del proyecto conforme a lo señalado en el artículo 18 del presente reglamento, el Comité calificará el proyecto considerando los antecedentes presentados y las normas y criterios señalados en el Título II del presente reglamento. La calificación constará en una resolución del Consejo.