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Artículo PRIMERO transitorio de la Ley 20.730

Regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1060115 / 9414114.

Texto oficial

Artículo primero.- El mayor gasto que signifique la aplicación de esta ley durante el año de su entrada en vigencia se financiará con cargo al presupuesto vigente de las instituciones respectivas, pudiendo al efecto realizarse transferencias y reasignaciones.