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Artículo 16 de la Ley 20.735

Modifica algunos aspectos previsionales de las fuerzas armadas, fuerzas de orden y seguridad pública y gendarmería de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1060194 / 9417658.

Texto oficial

Artículo 16.- La presente ley comenzará a regir el primer día del tercer mes siguiente al de su publicación en el Diario Oficial.