Texto oficial
Art. 93. Por ningun motivo podrá suspender las elecciones nacionales, ni variar el tiempo designado por la ley, ni impedir la reunión de las Cámaras, ó poner algun embarazo á sus sesiones.
Proyecto de constitución
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1061080 / 9483801.