Texto oficial
Art. 14. Las municipalidades que no se acojan a esta lei, no podrán imponer el recargo que establece el artículo 12 sobre el impuesto de patentes.
Municipalidades.- impuesto sobre los haberes muebles e inmuebles
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1061896 / 9441374.