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Artículo 16 de la Ley S/N · Municipalidades.- impuesto sobre los haberes muebles e inmuebles

Municipalidades.- impuesto sobre los haberes muebles e inmuebles

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1061896 / 9441376.

Texto oficial

Art. 16. En los departamentos cuyas municipalidades se acojan a las disposiciones de la presente lei, se declaran derogadas desde el 1.° de enero de 1893 las leyes siguientes: Leyes de 18 de junio de 1874, 2 de setiembre de 1880 i 5 de enero de 1883 (impuesto agrícola); de 23 de octubre de 1835 (sereno i alumbrado) i de 16 de diciembre de 1881 (policía rural).