Texto oficial
Art. 11. Para ingresar a una Escuela Normal Rural se requiere:
a) Haber terminado con éxito el tercer año de educación secundaria o haber hecho estudios equivalentes acreditados mediante examen.
b) Tener por lo menos catorce años cumplidos y no más de dieciocho, comprobados por el certificado de nacimiento del Registro Civil.
c) Poseer una salud compatible con los estudios de la Escuela Normal y el desempeño de las funciones de maestro, acreditada por certificado de algún médico sanitario o del médico de la Escuela Normal.
d) No tener defectos físicos, ni perturbaciones o defectos del lenguaje. Podrán exceptuarse los defectos visuales leves, susceptibles de corrección mediante el uso de lentes.
e) Acreditar honorabilidad, buenas costumbres y las condiciones de carácter que se precisan para el correcto desempeño de las funciones de maestro.
f) Satisfacer, además, los exámenes y condiciones que establezca el Reglamento de Admisión.