Texto oficial
Art. 12. El alumnado de las Escuelas Normales Rurales será seleccionado a razón de tantos alumnos por cada provincia agrícola y en proporción a las necesidades de la enseñanza rural.
Decreto Con Fuerza de Ley 5100
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1062509 / 9463252.